Washington,
D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó a
la Corte Interamericana de Derechos Humanos otorgar medidas
provisionales a favor de 11 personas privadas de su libertad en
Nicaragua, junto a sus respectivos núcleos familiares, quienes se
encuentran en una situación de extrema gravedad y urgencia de daños
irreparables a sus derechos en Nicaragua.
Las
11 personas son: (1) Norlan José Cárdenas Ortiz; (2) Jaime Enrique
Navarrete Blandón; (3) Osman Marcel Aguilar Rodríguez; (4) Ezequiel de
Jesús González Alvarado; (5) Denis Javier Palacios Hernández; (6) Uriel
José Pérez; (7) Ernesto Antonio Ramírez García; (8) Edder Oniel Muñoz
Centeno; (9) Nidia Lorena Barbosa Castillo; (10) Juan Lorenzo Holmann
Chamorro; y (11) José Santos Sánchez Rodríguez.
Estas
personas son beneficiarias de medidas cautelares por la CIDH y se
encuentran actualmente privadas de su libertad en Nicaragua en: (1)
Complejo Penitenciario Jorge Navarro de Tipitapa o SPN La Modelo o
"Cárcel La Modelo"; (2) SPN Granada; y (3) Complejo de Auxilio Judicial
"Evaristo Vásquez" o Nuevo Chipote o "El Chipote".
CIDH
destaca que son personas públicas, conocidas, identificadas o
percibidas como oposición o críticas al actual gobierno de Nicaragua
pues se han manifestado en oposición a las acciones represivas estatales
en contra de la población civil en el contexto de crisis de derechos
humanos. Asimismo, son integrantes de diversos sectores de la sociedad
nicaragüense.
La
Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares a favor de todas las
personas identificadas y sus núcleos familiares entre 2020 y 2022, tras
identificar que se cumplían los requisitos de gravedad, urgencia e
irreparabilidad a los que hace referencia el artículo 25 de su
Reglamento. Pese a las solicitudes de la CIDH para obtener información
del Estado, no se recibió respuesta sobre medidas adoptadas para atender
la situación de riesgo, lo cual es especialmente preocupante, debido a
que la información indica que estas personas permanecieron incomunicadas
y en condiciones de detención que los ubican en una situación de riesgo
extremo. Asimismo, se alegó que no contarían con las garantías mínimas
de todo proceso penal, en un contexto de escalamiento de la crisis en
Nicaragua.
La
Comisión considera que los derechos de estas 11 personas se encuentran
en una situación de riesgo extremo y están expuestas a ser objeto de
inminentes actos de violencia, y sus núcleos de familiares, a sufrir
represalias por las acciones que realicen para demandar justicia. Por lo
que, conforme a lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Convención
Americana y el artículo 27 del Reglamento de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, la Comisión solicitó a la Corte Interamericana que
ordene al Estado adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para
proteger eficazmente la vida, integridad, salud y libertad de las 11
personas identificadas y de sus núcleos familiares en Nicaragua,
considerando el enfoque de género y etario, según corresponda, y,
proceder a la liberación inmediata de las 11 personas identificadas
privadas de su libertad en Nicaragua, dadas las condiciones en las que
actualmente se encuentran.
Las
medidas provisionales son emitidas por la Corte Interamericana en casos
de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las
personas. Las mismas tienen carácter obligatorio para los Estados por lo
que las decisiones contenidas en las mismas exigen a los Estados
adoptar acciones específicas para resguardar derechos y/o proteger la
vida de personas que están en riesgo.
La
CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los
Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión
Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa
de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de
la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros
independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a
título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
|